La accesibilidad digital ya no es opcional para la Administración catalana: es una obligación legal y técnica. El Decreto 216/2023 de la Generalitat de Cataluña establece las normas, responsables y procedimientos para garantizar que los sitios web, aplicaciones y servicios digitales sean accesibles para todas las personas, incluidas aquellas con discapacidad.

En esta guía, encontrarás un resumen claro del contenido del decreto, su ámbito de aplicación, las obligaciones que impone y cómo se coordina con la normativa estatal y europea.

Decreto 216_2023 de Cataluña

¿Qué es el Decreto 216/2023?

El Decreto 216/2023, de 21 de noviembre, regula la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones móviles del sector público de Cataluña.

Su objetivo es garantizar que cualquier persona, independientemente de sus capacidades, pueda acceder, navegar e interactuar con los contenidos y servicios digitales de la Administración catalana.

Este decreto desarrolla y adapta al ámbito autonómico lo establecido en:

Ámbito de aplicación

El decreto afecta a:

  • Administración de la Generalitat y sus organismos autónomos.
  • Entidades del sector público dependientes de la Generalitat.
  • Corporaciones de derecho público y universidades públicas catalanas.
  • Contratistas y concesionarios que presten servicios digitales para la Generalitat.

Esto significa que cualquier web, intranet, aplicación móvil o documento electrónico gestionado por estas entidades debe cumplir las exigencias de accesibilidad.

Obligaciones principales del Decreto 216/2023 de Cataluña

El Decreto 216/2023 establece varias obligaciones clave:

Declaración de accesibilidad

Cada portal o aplicación debe publicar una declaración de accesibilidad que:

  • Informe sobre el grado de conformidad con la norma EN 301 549.
  • Detalle los contenidos no accesibles y sus motivos.
  • Facilite un mecanismo de contacto para solicitar información accesible.
  • Incluya un procedimiento de reclamación.

Auditorías e informes

Las auditorías de accesibilidad deben realizarse de forma periódica y documentarse en un Informe de Revisión de Accesibilidad (IRA), que se remite a la unidad responsable.

Mantenimiento y mejora continua

La accesibilidad debe mantenerse a lo largo del tiempo, actualizando diseños, contenidos y código para adaptarse a las nuevas versiones de la Norma EN 301 549.

Unidades Responsables de Accesibilidad

El decreto crea una estructura de responsabilidad dividida en varias figuras:

SIGLA NOMBRE COMPLETO FUNCIÓN PRINCIPAL
URA Unidad Responsable de Accesibilidad Coordina y supervisa la accesibilidad en toda la organización.
URA DELEGADA Unidad Responsable de Accesibilidad delegada Ejerce funciones de la URA en un ámbito o entidad concreta.
URS Unidad Responsable del Servicio Garantiza la accesibilidad del servicio o portal específico.
URST Unidad Responsable de Soluciones Tecnológicas Asegura que la infraestructura técnica cumpla la norma.

Relación con normativa europea y estatal

El Decreto 216/2023 es una norma de desarrollo que:

  • Adapta la Directiva (UE) 2016/2102 a la realidad administrativa catalana.
  • Complementa el Real Decreto 1112/2018, que regula la accesibilidad digital a nivel estatal.
  • Exige el cumplimiento de la Norma EN 301 549 V3.2.1, que define los requisitos técnicos para accesibilidad web, apps y documentos.

Esto garantiza que Cataluña esté alineada con los estándares europeos de accesibilidad digital.

Corrección de erratas del Decreto 216/2023

El DOGC n.º 9115, de 5 de marzo de 2024, introdujo cambios como:

  • Actualización de referencias normativas.
  • Ajustes en la redacción de las obligaciones.
  • Clarificación de las funciones de las unidades responsables.

Conclusión

El Decreto 216/2023 no solo busca cumplir con una exigencia legal, sino también garantizar la inclusión digital. Para las administraciones y proveedores, implica:

  • Designar y coordinar unidades responsables.
  • Mantener actualizadas las declaraciones y auditorías.
  • Cumplir estándares técnicos europeos.

En definitiva, se trata de un marco integral para que los servicios digitales de Cataluña sean accesibles para todos.

Preguntas Frecuentes (FAQs)

La dirección de la entidad debe nombrar a la URA y garantizar que tenga recursos suficientes.

Mediante revisión técnica y funcional, evaluando el cumplimiento de la Norma EN 301 549 y documentando los resultados en un Informe de Revisión de Accesibilidad.

El decreto catalán complementa el real decreto estatal, adaptando su aplicación a la estructura y competencias de la Generalitat.

Entró en vigor al día siguiente de su publicación en el DOGC, salvo disposiciones con plazos específicos para su cumplimiento.

Es un formato oficial para publicar el grado de cumplimiento, elementos no accesibles y vías de contacto, siguiendo un estándar uniforme.

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